Términos y Condiciones Servicios Equifax Perú

Política de Privacidad

EQUIFAX PERÚ S.A. (en adelante EQUIFAX)  es una empresa que realiza la actividad de central privada de información de riesgos, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27489 (modificada parcialmente por la Ley N° 27863): Ley que regula las centrales privadas de información de riesgos y de protección al titular de información.  En tal sentido, EQUIFAX administra bases de datos de Información de Riesgos, que le es proporcionada por fuentes (públicas y privadas), a fin de ser difundida a través de reportes de crédito. Asimismo, el objeto social de EQUIFAX comprende en general, la recopilación, sistematización y análisis de información comercial, de crédito de consumo y, en general, cualquiera otra que pueda ser comercializada; así como la explotación comercial de la misma.
EQUIFAX se compromete a proteger los Datos Personales a los que accede y/o administra, derivados de la ejecución de las actividades que se encuentran comprendidas en su objeto social.
La presente Política Marco de Privacidad contiene los lineamientos generales y procedimientos relativos a la protección de Datos Personales; así como su uso, recolección y divulgación.

1. Marco Legal

Esta Política de Privacidad se encuentra regulada por la legislación peruana y, en particular, por las siguientes normas legales:
Ley N° 29733 y sus modificatorias: Ley de Protección de Datos Personales (en adelante, LPDP).
Decreto Supremo N° 003-2013-JUS y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29733 (en adelante, Reglamento de la LPDP).
Directiva de Seguridad de la Información administrada por los Bancos de Datos Personales, aprobada por la Resolución Directoral No. 019-2013-JUS/DGPDP (en adelante, “Directiva”).
Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante CODECO)
Ley N° 27489 (modificada parcialmente por la Ley N° 27863): Ley que regula las centrales privadas de información de riesgos y de protección al Titular de la Información (en adelante, Ley CEPIRS)
Otra legislación que resulte aplicable.
 
2. Alcance y Definiciones
 
2.1La presente Política de Privacidad se aplica a la información sobre Datos Personales; incluyendo la Información de Riesgos, que es materia de Tratamiento de Información por parte de EQUIFAX.
2.2. Para tal efecto, esta Política considera las siguientes definiciones:
  1. Centrales privadas de información de riesgos (CEPIRS): Las empresas que en locales abiertos al público y en forma habitual recolecten y traten información de riesgos relacionada con personas, con el propósito de difundir por cualquier medio mecánico o electrónico, de manera gratuita u onerosa, reportes de crédito acerca de éstas. 
  2. Datos Personales: Toda información sobre una persona que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados. 
  3. Información de Riesgos: Información relacionada a obligaciones o antecedentes financieros, comerciales, tributarios, laborales, de seguros de una persona que permita evaluar su solvencia económica vinculada principalmente a su capacidad y trayectoria de endeudamiento y pago, de acuerdo a la Ley de CEPIRS.
  4. Reporte de crédito: Toda comunicación escrita o contenida en algún medio proporcionada por una CEPIR con Información de Riesgos referida a una persona identificada.
  5. Tratamiento de Datos Personales: Cualquier operación o procedimiento técnico, automatizado o no, que permite la recopilación, registro, organización, almacenamiento, conservación, elaboración, modificación, extracción, consulta, utilización, bloqueo, supresión, comunicación por transferencia o por difusión o cualquier otra forma de procesamiento que facilite el acceso, correlación o interconexión de los Datos Personales
  6. Titular de  Datos Personales: Persona a quien corresponde los Datos Personales.

 3. Información de Datos Personales que recopila EQUIFAX como CEPIR
En su actividad como CEPIR, EQUIFAX recopila Información de Riesgos de fuentes públicas o privadas; tales como empresas comerciales, Sistema Financiero regulado (Superintendencia de Banca,  Seguros  y AFP´s), bancos y financieras, Cámara de Comercio de Lima, SUNAT, entre otras. Por tanto, EQUIFAX es titular del Banco de Datos Personales de Información de Riesgos, el cual se encuentra inscrito con código RNPDP-PJP N° 5452 ante la Dirección de Protección de Datos Personales.
Asimismo, EQUIFAX es titular de otros Bancos de Datos de Personales, de acuerdo a la información sobre Datos Personales que recopila, tales como: clientes (inscrito con código RNPDP-PJP N° 6237 ante la Dirección de Protección de Datos Personales) , proveedores  (inscrito con código RNPDP-PJP N° 6911 ante la Dirección de Protección de Datos Personales) y personal (inscrito con código RNPDP-PJP N° 5966 ante la Dirección de Protección de Datos Personales); cuyo tratamiento se realiza en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la LPDP y su Reglamento.
 
4.Fines del Tratamiento de Información de Riesgos y Datos Personales
 
4.1 Los Datos Personales son utilizados por EQUIFAX para los fines y usos para los cuales fueron recolectados y que son materia de Tratamiento de Datos por nosotros, de acuerdo a los Principios de Legalidad, Finalidad, Calidad, Seguridad, Proporcionalidad y Consentimiento (en caso de resultar aplicable).
 
4.2 En el caso de su actividad como CEPIR, EQUIFAX realiza el Tratamiento de Información de Riesgos a efectos de ser difundida a terceros (Clientes o usuarios de los Servicios de EQUIFAX) a través de Reportes de Crédito; los cuales sólo deben utilizar dicha Información de Riesgos para los propósitos permitidos por la Ley de CEPIRS y conforme a la presente Política de Privacidad. Asimismo, EQUIFAX tiene celebrados con sus fuentes (públicas o privadas) convenios o contratos de entrega de información, a través de los cuales se establecen las obligaciones y responsabilidades de dichas fuentes respecto a la exactitud y veracidad de la información que reportan a EQUIFAX, como CEPIR.
 
5.Derechos de los Titulares de Datos Personales y Procedimiento ante EQUIFAX

5.1 El Titular de Datos Personales en general, tiene entre otros, los siguientes derechos:
  1. Derecho de Información: El Titular de Datos Personales tiene derecho a ser informado respecto del Tratamiento de sus Datos; así como sobre la finalidad, identidad y domicilio del Titular del Banco de Datos Personales y Banco de Datos Personales; el carácter obligatorio o facultativo de los Datos Personas que se recolectan; los destinatarios y transferencia de sus Datos Personales a terceros; el tiempo que ser conservarán los Datos; la posibilidad de ejercer los derechos que le confiere la ley y demás datos requeridos por la LPDP.
  2. Derecho de Acceso: El Titular de Datos Personales tiene derecho a conocer qué información sobre sí mismo es  materia de Tratamiento de Datos Personales en nuestros Bancos de Datos; la forma en que sus Datos fueron recopilados; las razones que motivaron su recopilación, a solicitud de quién; así como las transferencias realizadas o las que se prevén realizar.
  3. Derecho de Rectificación: El Titular de Datos Personales tiene derecho a solicitar la modificación o rectificación de sus Datos  Personales, en caso que éstos sean inexactos, incompletos, se hubiere advertido omisión, error o falsedad o estén desactualizados. Incluye derecho de actualización e inclusión de Datos Personales.
  4. Derecho de Cancelación: El Titular de Datos Personales tiene derecho a solicitar la cancelación o supresión de sus Datos Personales; cuando dejen de ser necesarios o pertinentes a la finalidad para la cual fueron recopilados, se haya revocado el consentimiento o haya transcurrido el plazo para su Tratamiento.
  5. Derecho de Oposición: El Titular de Datos Personales tiene el derecho a oponerse al Tratamiento de sus Datos Personales si acredita la existencia de motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal que justifiquen el ejercicio de este derecho.
5.2 El ejercicio por el Titular de Datos Personales (incluido titular de Información de Riesgos) de sus derechos será de carácter gratuito.

5.3 Procedimiento y Contacto:

Para el ejercicio de derechos como Titular de Datos Personales, se podrá dirigir a nuestra oficina ubicada en Calle Chinchón 1018, Piso 12, San Isidro, Lima.
En el caso de Información de Riesgos, respecto del tratamiento de información contenida en los reportes de crédito de EQUIFAX,     nos pueden contactar en la siguiente Oficina:
Oficina de Atención al Público ubicada en la Av. Rivera Navarrete 849, San Isidro, Lima. El horario de atención es de 9 am- 5p.m horario corrido, de lunes a viernes o dirigir una comunicación al siguiente correo electrónico: reclamostirs@equifax.com 
El Titular podrá ejercer los derechos antes indicados directamente o a través de representante legal o apoderado debidamente acreditado, mediante documento de poder simple con firma legalizada notarialmente, adjuntando copia de DNI del representante y del Titular. 
La solicitud deberá cumplir con los requisitos indicados en la LPDP  y su Reglamento; así como en lo pertinente, en el caso de Información de Riesgos,a lo dispuesto en la Ley de CEPIRS.
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Términos de Uso

Estas Condiciones de Uso para el acceso y uso de los Sitios Web de Equifax (colectivamente, el "Sitio Web"). Productos que están ordenados a través del sitio web están sujetos a los acuerdos y términos de servicio que se aplican al acceder a un producto solicitado.

No Sitios Equifax

EQUIFAX no hace representaciones, garantías o avales con respecto a cualquier sitio web, que se puede acceder desde este sitio Web. Cuando acceda a un no-EQUIFAX sitio web, por favor entienda que Equifax no tiene ningún control sobre el contenido o la información en ese sitio. Es su responsabilidad proteger su sistema de elementos tales como virus, gusanos, caballos de Troya y otros artículos de naturaleza destructiva.

Derechos de Propiedad Intelectual

Este sitio web contiene muchas de las valiosas marcas registradas, marcas de servicio, nombres, títulos, logos, imágenes, diseños, derechos de autor y otros materiales de propiedad de propiedad, registrada y utilizada por Equifax Inc. y sus compañías afiliadas, incluyendo pero no limitado a, el certificado marcar "Equifax", cualquier uso no autorizado de los mismos está estrictamente prohibido y todos los derechos en el mismo están reservados por Equifax Inc. y sus compañías afiliadas. Otros productos y nombres de compañías mencionados en el Sitio pueden ser marcas comerciales de sus respectivos propietarios. Equifax, Inc. está licenciado bajo la siguiente, y relacionada con Ronald A. Katz Technology Licensing, LP las patentes estadounidenses: 5.561.707; 5.828.734; 5.684.863; 5.815.551; 5.974.120; 5.917.893; 5.898.762; y otros.
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Área Legal

Otros avisos sobre productos propios e información de derechos de autor se pueden encontrar en otras páginas contenidas en los diversos sitios web de Equifax (en adelante, el "Sitio Web"), cuyos términos deben ser observados y seguidos.

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DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL:

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Titular de Información

Abreviaturas y Términos :
  • CEPIRS: Central Privada de Información de Riesgos.
  • Ley de CEPIRS: Ley Nº 27489 Ley Las Centrales Privadas de Información de Riesgos y de Protección al Titular de Información, modificada por Ley Nº 27863.
  • TIR: Titular de Información de Riesgos (persona natural ó persona jurídica).
  • SRI: Solicitud de Revisión de Información.
  • EQUIFAX: nombre de una Central Privada de Información de Riesgos, es decir, Equifax es una CEPIR.

 

1. ¿CÚALES SON LOS DERECHOS DEL TIR? (Artículo 13º de La Ley de CEPIRS)

1A - Derecho de acceso a la información referida a uno mismo, registrada en tales bancos; el TIR tiene derecho a solicitar la identidad de las fuentes que lo registran.

1B - El derecho de modificación y el derecho a cancelación de la información referida a uno mismo, registra en tales bancos y que fuese ilegal, inexacta, errónea o caduca;

1C - El derecho de rectificación de la información referida a uno mismo que haya sido difundida por las CEPIRS y que resulte ser ilegal, inexacta errónea o caduca;

1D - El derecho de actualización de la información referida a uno mismo, registrada en los bancos de datos, que no haya incluido pagos parciales o totales, siempre que se hubiesen vencido los plazos establecidos en los incisos del 15.7 y 15.8 del artículo 15 de la presente Ley.

 

1A - DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN A UNO MISMO.

¿Cómo puedo ejercer el derecho de acceso preferencial?

El “TIR” debe acercarse a la Oficina de Atención al Consumidor ubicada en Av. Rivera Navarrete 849, San Isidro, Lima, en el horario de atención de 8:30 a.m. a 6:00 p.m. con la sola presentación del Documento de Identidad original, y una copia del mismo.

En el caso de Personas Jurídicas: Copia de ficha RUC, copia de la escritura pública donde conste las facultades del representante legal, copia del DNI del representante legal.

Formas de ACCESO PREFRENCIAL:

(i) Visualización gratuita de la información en pantalla las veces que lo requiera.

(ii) Impreso, cada 6 meses.

(*) A través de un Tercero: poder simple con firma legalizada del TIR y copia del DNI del TIR y del Tercero.

El TIR puede solicitar la identidad de todas las personas que obtuvieron un reporte de crédito del titular correspondiente a los últimos 12 meses, así como la fecha en que se emitieron los reportes.

 

1B - DERECHO DE MODIFICACIÓN Y DERECHO DE CANCELACIÓN.

Cuando el TIR observe que la información contenida en su reporte crediticio sea:

(i) Ilegal,

(ii) Inexacta,

(iii) Errónea, o

(iv) Caduca.

 

1C. DERECHO DE RECTIFICACIÓN.

El TIR puede solicitar a EQUIFAX que notifique comunicaciones rectificatorias, a quienes les hubiera proporcionado dicha información en los doce meses anteriores a la fecha en que se verifique el problema.

 

1D. DERECHO DE ACTUALIZACIÓN.

Además de los pagos parciales, dicho derecho se extiende a la actualización de cualquier información contenida en su Reporte Crediticio que desea actualizar debidamente acreditado.

2. ¿CÓMO PUEDE EJERCER EL TIR SUS DERECHOS CONTENIDOS EN LOS LITERALES b), c) y d)?

El TIR puede solicitar que se revise la información de sí mismo, presentando la Solicitud de Revisión de Información de manera escrita o llenando el formato de solicitud de revisión (PERSONAL) en la agencia, dicho trámite es gratuito, adjuntando documentos1 que acrediten que la información sea (i) Ilegal,(ii) Inexacta,(iii) Errónea, o (iv) Caduca.

 

3.¿QUIÉNES PUEDEN PRESENTAR LA SRI?

El titular de la información, debidamente acreditado o un representante del titular de la información con poder simple y firma legalizada, copia de DNI del representante y del TIR.

 

4.¿DÓNDE PRESENTO LA SRI?

En la Oficina de Atención al Consumidor ubicada en la Av. Rivera Navarrete 849, San Isidro, Lima. El horario de atención es de 8:30am a 6:00pm, horario corrido.

Para consultar el estado de la SRI puede llamar al 415-0300, anexo 1436 o consultar vía correo electrónico: lnunez@infocorp.com.pe

 

5.¿QUÉ CONTIENE LA CARTA RESPUESTA A LA SRI?

La carta respuesta contiene la respuesta sobre su SRI, la misma que en algunos casos se adjunta reporte crediticio modificado.

 

6.¿CUÁNDO SE ENTREGA UN REPORTE MODIFICADO GRATUITO?

Sólo se entrega reporte crediticio modificado cuando se verifica a solicitud del TIR que la información contenida en el Reporte Crediticio sea (i) Ilegal,(ii) Inexacta o (iii) Errónea, por lo tanto, se entrega al TIR un Reporte Crediticio modificado junto con la carta respuesta. La emisión de éste reporte, NO contempla la emisión del reporte de crédito por derecho de acceso preferencial.

 

7.¿CÚANDO NO SE ENTREGA REPORTE CREDITICIO?

No se entrega reporte crediticio junto con la carta respuesta en los siguientes supuestos:

1.Se excluye información por cancelación de la deuda reportada.

2.Se excluye información por estar dentro de los supuestos de tiempo de difusión: (i) Cinco años contados desde el vencimiento de la deuda o (ii) Dos años, contados desde la cancelación de la deuda.

 

8.¿CÚALES SON LOS PASOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE INFORMACIÓN?

1. UBICAR en qué PRODUCTO INFOCORP (SICOM, RCC-Deuda SBS, etc.) se encuentra la información objeto de revisión.

2. Presentar DOCUMENTOS que acrediten su solicitud de revisión.

3. Adjuntar documento(s) de identidad del TIR.

4. Formas de presentar su solicitud de revisión: (a) Personal: en la que el personal Equifax, atenderá su solicitud llenando el formato numerado con su requerimiento, para lo cual el TIR debe adjuntar los documentos que justifiquen su solicitud y suscribir el formato. (b) Escrito vía carta: solicitud en la que debe consignar: DATOS DEL TITULAR:(i) nombre completo (según documento de identidad); (ii) el número de su documento de identidad y en el caso de ser miembro de las FFAA debe consignar, también, el número de su carné de identidad; (iii) dirección (con referencias); (iv) Teléfono; DESCRIPCIÓN DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN: seguir los pasos 1, 2 y 3. Especificar en qué consiste la solicitud de modificación o cancelación.

 

9. YA CANCELÉ UNA DEUDA QUE FIGURA REPORTADA, ¿QUÉ HAGO PARA EXCLUIRLA DE MI REPORTE CREDITICIO?

1. Solicitar a la entidad acreedora que lo está reportando en EQUIFAX que lo retire de su base de datos de morosos.

2. Si desea dar conocimiento a EQUIFAX sobre la cancelación, puede acercarse a la Agencia de Atención al Público, y presentar el original y la copia del documento que acredite la cancelación de la deuda reportada y solicitar que se retire dicha morosidad reportada, dicha solicitud dará inicio al proceso de revisión de información. (Mayor información ver numeral 5.)

3. Es importante indicar que sólo las deudas reportadas en los productos: Sistema Consolidado de Morosidad (SICOM)y Negativo SUNAT, se excluyen al momento de cancelación de la obligación, previa autorización de la entidad acreedora, en los demás productos se aplica los plazos de difusión contemplados en la Ley Nº 27489.

 

10.¿CUÁL ES EL PLAZO DE DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN DE RIESGOS EN EL REPORTE CREDITICIO?

Conforme lo establece el artículo 10º de la Ley Nº 27489, modificada por Ley Nº 278632.

1. Dos años, contados desde la fecha de cancelación de la deuda reportada.

2. Cinco años, contados desde la fecha de vencimiento de la obligación.

3. En el caso de la información contenida en el Boletín de Protestos, se rige por lo establecido en la Ley Títulos Valores, Ley Nº 272873.

 

NOTA IMPORTANTE:

  • Adjuntar documento de identidad, porque acredita ser titular de la información.
  • Designar dirección con referencias (para que el mensajero pueda llegar a ella) y tener en cuenta que la carta respuesta NO SE DEJA BAJO PUERTA.
  • La carta respuesta es notificada a través de la empresa SERPOST S.A. a nivel local y nacional, cuyo servicio consiste de dos visitas (uno por día). En el caso que no ubique la dirección o no encuentre a persona alguna en la dirección designada por el TIR; será devuelta a la oficina administrativa de EQUIFAX, ubicada en Calle Chinchón 1018, piso 13, donde se podrá recabar la carta respuesta (después de los 12 días de presentado su solicitud de revisión), previa consulta al teléfono 415-0300, anexo 1436, de 9:00 a.m. a 01:00 p.m. y de 2:30 p.m. a 5:30 p.m., con la sola presentación del cargo de la SRI.
  • LA SOLICITUD Y EL PROCESO DE REVISIÓN DE INFORMACIÓN NO TIENE COSTO ALGUNO.

    1 Numeral 2) del artículo 15º de la Ley de CEPIRS: "La solicitud para la revisión de la información deberá ser interpuesta por escrito, acompañando los medios probatorios que acrediten que el solicitante es el titular de la información. En dicha solicitud se precisará los datos concretos que se desea revisar, acompañando la documentación que justifique el pedido".  2 Literal d) del artículo 10º de la Ley Nº 27863: Información referida al incumplimiento de obligaciones de naturaleza civil, comercial o tributaria, cuando (i) la obligación se haya extinguido y hayan transcurrido 2 (dos) años desde su extinción; o (ii) 5 (cinco) años desde el vencimiento de la obligación. (....) El caso de protestos se regirá por el Ley de Títulos Valores.  3 Numeral 2) del artículo 85º de la Ley Nº 27287: Las Cámaras de Comercio a las que se refiere el presente artículo está obligadas a mantener registradas durante 5 (cinco) años, contados a partir del 1 de enero del año siguiente al de su anotación en el Registro que lleven, las informaciones a que se refiere el presente artículo y los artículos siguiente del presente Título; salvo que el título valor protestado o incurrido en mora haya sido pagado totalmente, en cuyo caso el registro debe mantenerse durante 3 (tres) años, computados desde la misma fecha antes señalada. Los registros que lleven la Cámara de Comercio tienen carácter público.